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Concreción curricular

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

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En el anexo II de la Orden de 14 de julio de 2016 aparecen los criterios de evaluación que se deben tener en cuenta para cada uno de los saber-hacer que incluye el francés: comprensión oral, comprensión escrita, expresión oral y expresión escrita. En estos aparece el objetivo esperable de las actividades que se realizan.

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ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE

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En el anexo II de la Orden de 14 de julio de 2016 aparecen los criterios de evaluación que se deben tener en cuenta para cada uno de los saber-hacer que incluye el francés: comprensión oral, comprensión escrita, expresión oral y expresión escrita. A partir de estos podemos concretar aún más y establecer estándares de aprendizaje, que son criterios exigibles del aprendizaje. Estos aparecen expresados en tercera persona del singular refiriéndose al alumno, ya que es lo que se le va a exigir. Por último se puede concretar más en indicadores, es decir, aquellos estándares que se pueden evaluar de forma numérica, por tanto, concreta aún más los estándares.

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COMPETENCIAS CLAVE

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Según el Decreto 111/2016, de 14 de junio de 2016, las competencias clave son aquellas que todas las personas precisan para su realización y desarrollo personal, así como para la ciudadanía activa, la inclusión social y el empleo. Las competencias clave se dividen en 7, cada una con una serie de descriptores que permiten identificarlas y diferenciarlas. Cabe tener en cuenta en el caso del francés el Marco Común Europeo de Referencia para las Lengua (MCER), ya que también tiene en cuenta las competencias clave y las aplica al aprendizaje de idiomas.

En el Anexo II de la Orden de 14 de julio de 2016 aparecen los objetivos relacionados con las competencias clave, así como los criterios de evaluación, los contenidos y la metodología. Podría ser buena idea mencionar algunos de los descriptores y hacer mención a la orden.

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OBJETIVOS

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En este apartado debemos tener en cuenta los objetivos que se nos indica en la normativa para poder tomar aquellos específicos de nuestro nivel, es decir, aquellos que pondremos posteriormente en las unidades didácticas. Para ello debemos consultar el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre y la Orden de 14 de julio de 2016. Todos los objetivos que se indican en este apartado se han desarrollado a partir de las competencias que componen el currículo para hacer más sencillo el proceso de aprendizaje a través de ejercicios, actividades, tareas, proyectos, resolución de problemas, etc. 

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CONTENIDOS

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Los contenidos son, según el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, el conjunto de saber, saber hacer y saber ser, que el alumno debe adquirir en el proceso de aprendizaje.

El saber se desarrolla a través de la Taxonomía de Bloom, que divide los sistemas cognitivos en alto y bajo nivel: memorizar, comprender y aplicar (bajo nivel); analizar, evaluar y crear (alto nivel). En este apartado tenemos que mencionar aquellas funciones comunicativas, estructuras morfosintácticas, léxico, fonética, ortografía y puntuación que hemos trabajado en las unidades didácticas y que aparecen en la Orden de 14 de julio de 2016.

El saber hacer aparece también en la Orden y debemos tener en cuenta que se desarrollan en función del saber ser. Por tanto, debemos redactar en nuestra programación aquellos aspectos que trabajaremos en las unidades didácticas y que se refieren a cada uno de los bloques, entendidos como comprensión y expresión, oral o escrita.

El saber ser se subdivide en conocimientos sociolingüísticos y conocimientos socioculturales. En estos encontramos varios objetivos que debemos aplicar y que podríamos mencionar en esta parte.

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CRITERIOS DE EVALUACIÓN

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